
Formación Continua

CENTROS INFANTILES
El RD 113/2004, de 23 de enero (BOE, 6 de febrero de 2004), del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, establece los aspectos educativos de la Educación Preescolar, y determina las condiciones que habrán de reunir los centros de esta etapa. Por otro lado , la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula la etapa de Educación Infantil, y establece en su artículo 12.2 que la finalidad de la Educación Infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual del alumnado. Los dos ciclos de la educación infantil responden a una intencionalidad educativa, lo que obliga a los centros a contar desde el primer ciclo con una propuesta pedagógica específica.
Las diferentes Comunidades Autonómicas también han querido apostar este impulso a la Educación Infantil. Un ejemplo reciente es el Decreto 149/2009, de 12 de mayo (BOJA n.92, de 15 de mayo de 2009), publicado por la Junta de Andalucía, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, que será de aplicación en los centros educativos públicos y privados.
Por todo ello, es imprescindible que los profesionales de este sector actualicen sus conocimientos para adaptarse a esta nueva situación.
Prevención y Detección del Maltrato Infantil
Técnico de Centro de Atención a la Infancia
Puericultura: Desarrollo y Cuidados Infantiles
Prevención de Riesgos Laborales en Centros Infantiles